Áreas de práctica

Nuestro equipo se centra en la resolución de conflictos y dificultades que pueden surgir entre las personas dentro de sus relaciones familiares.

Buscamos una solución integral a sus dificultades. Para esto contamos con el apoyo de una red de profesionales que podrán trabajar con nosotros: psicólogos, psiquiatras, orientadores familiares, pedagogos, médicos de familia, abogados especializados en derecho penal, fiscal, mercantil y agentes inmobiliarios.

Derecho matrimonial civil

Resolución de conflictos matrimoniales en el ámbito del derecho civil.

Cuando lo más conveniente para la familia es interrumpir la convivencia matrimonial lo natural es sentir miedo ante la nueva situación que se presenta. Es importante tomar las decisiones con serenidad y no utilizar el proceso de ruptura para devolver el daño padecido. Es necesario maximizar los recursos económicos de la familia para que no sean los hijos los que padezcan principalmente los efectos, logrando de este modo velar por sus intereses de forma prioritaria.

El modo en que sus padres tomen las decisiones que les conciernen y su orden de prioridades, aún en una situación de desencuentro, tendrá impacto en la maduración de los hijos al sentirse protegidos.

Se plantearán multitud de dudas sobre las medidas a adoptar:

¿Cuándo y cómo contamos a nuestros hijos la decisión que hemos tomado?

La consulta a especialistas en el campo infantil, puede orientar de cómo llevarlo a cabo. En C&C contamos con una red de contactos en profesionales de la infancia y la adolescencia.

¿Qué tipo de custodia será el más favorable para el desarrollo de nuestros hijos?

Para decidirlo habrá que valorar la viabilidad de cada sistema en la familia concreta.

La custodia compartida favorece la participación del padre y de la madre en la educación y el cuidado de sus hijos, pero implica la existencia de un nivel de colaboración entre los padres, de unas circunstancias laborales y de unos medios económicos que no se dan en todos los casos.

La custodia ejercida de forma exclusiva por parte de uno de los progenitores no debe traducirse en que los dos, padre y madre, no estén involucrados en el cuidado de sus hijos.

¿Dónde vamos a vivir?, ¿es posible que los hijos permanezcan en la vivienda familiar para no someterlos a tantos cambios? ¿Y si mis hijos se quedan en la casa hasta cuando tendré que esperar para venderla? ¿Cómo se utiliza la vivienda en caso de que se elija la custodia compartida?

La atribución del uso de la vivienda familiar suele ser una de las cuestiones más controvertidas, al representar en la mayor parte de las familias el bien en el que se han invertido más ahorros. Es posible llegar a soluciones equitativas teniendo en cuenta todos los puntos de vista.

¿Cómo se van a pagar los gastos de los hijos?, ¿hasta cuándo debo pagar esos gastos?

Ante la nueva situación es necesario reorganizar la economía de la familia, poniendo prioridades y no perdiendo de vista los nuevos gastos que con la ruptura se generan. Le ayudamos a hacer su presupuesto, teniendo en cuenta las necesidades de los hijos y la capacidad económica real de quienes tienen que pagarlas, hasta que los hijos sean independientes económicamente.

Si he dedicado mis últimos años al cuidado de mi familia y no tengo ingresos, ¿Cómo voy a vivir después de la ruptura?

Con la ruptura matrimonial surge también la incertidumbre económica de aquel cónyuge que no ha desarrollado su carrera profesional o no tiene una independencia económica. Existe la posibilidad de solicitar una pensión compensatoria o una indemnización para paliar el desequilibrio creado con la nueva situación.

¿En qué consiste el proceso?

El procedimiento consensuado exige la elaboración de un Convenio Regulador en el que se recojan las medidas que regirán las relaciones de los padres e hijos. El Convenio Regulador firmado por las partes se presenta ante el Juez para su homologación y tras su ratificación se dicta una sentencia que hace ejecutable el convenio.

Si las partes no son capaces de llegar a un acuerdo, se hará necesario acudir al Juzgado para obtener una decisión judicial que ponga fin al conflicto. En ese caso cada parte estará defendida por un Abogado y representada por un Procurador, tras exponer sus razones y practicadas las pruebas en una vista, el Juez dicta Sentencia que tendrá como interés prioritario el de los hijos menores.

¿Cuánto tarda el proceso?

Si las partes tienen claras las medidas que quieren establecer en el convenio, desde que se presenta en el Juzgado hasta la obtención de la sentencia serán pocas las semanas que transcurran.

En el procedimiento contencioso no es posible establecer una media de duración dependerá de la agenda del Juzgado al que corresponda ventilar el asunto y de la prueba que se solicite. La solución del proceso se retrasará algunos meses.

¿Es posible modificar una Sentencia?

La vida de las familias va cambiando con los años, y con ellas las necesidades de los hijos y la capacidad de los padres para hacerlas frente. Cuando se da un cambio de circunstancias sustancial, no buscado intencionadamente y que hace imposible el cumplimiento de las medidas vigentes, cabe solicitar ante el Juez la modificación de las medidas, que nuevamente podrá realizarse de mutuo acuerdo entre las partes, suscribiendo un nuevo Convenio Regulador o solicitando el auxilio judicial.

Derecho matrimonial canónico

Estudio y defensa ante los Tribunales Eclesiásticos españoles de causas de nulidad matrimonial canónica.

Cuando el matrimonio canónico contraído, no contaba con los requisitos exigidos para su validez, los cónyuges pueden plantear ante el Tribunal Eclesiástico el estudio y declaración de la nulidad del matrimonio. Por eso la sentencia que se dicta declara nulo el matrimonio, no lo anula.

Las dudas más frecuentes que se plantean acerca de este proceso son las siguientes:

¿En que situación se quedan mis hijos si se declara nulo nuestro matrimonio?

Muchos padres se preguntan de qué forma afecta a sus hijos la declaración de nulidad del matrimonio, lo cierto es que en el derecho español no existe diferencia entre los hijos desde la promulgación de la Constitución Española. Y concretamente desde la Ley 11/1981 de 13 de mayo no existen filiaciones diferentes. De tal modo que la declaración de nulidad del matrimonio de los padres, no afecta legalmente a los hijos. El procedimiento de declaración de nulidad constata una realidad existente, ya que es un proceso de carácter declarativo no constitutivo.

¿Cómo demuestro que los hechos fueron como yo los cuento?

El objetivo del procedimiento de nulidad es llegar a conocer la verdad objetiva de lo sucedido mediante la oportuna investigación. Los hechos narrados por los cónyuges en la demanda tienen que ser probados ante el Tribunal Eclesiástico. Los medios de prueba más habituales son la declaración de las partes y de testigos que teniendo en cuenta la materia, serán siempre las personas más cercanas a los cónyuges que conozcan los aspectos más personales de su biografía. En ocasiones será necesaria la intervención de peritos psicólogos, psiquiatras, médicos especialistas, que informen sobre las cuestiones debatidas aplicando los conocimientos propios de su ciencia.

¿Si la otra parte no quiere colaborar, puedo obtener la declaración de nulidad?

Es posible que solo uno de los cónyuges esté interesado en el proceso. Pero ello no es óbice para que pueda probarse la verdad de lo sucedido con los medios de prueba de que se disponga. Sin embargo siempre será bueno contar con la presencia de ambos para conocer los hechos desde todos los puntos de vista.

¿Cuánto tiempo dura el proceso?

La duración del proceso depende de muchos factores. Todos los intervinientes han de realizar su labor en el menor tiempo posible según viene marcado por el sistema de plazos contenido en la ley. Pero es cierto que en ocasiones y por diferentes motivos las causas se alargan. La media de resolución de un caso en los últimos años es de un año y medio en el Tribunal Eclesiástico de Madrid.

¿Qué coste tiene el proceso?

Desde la entrada en vigor del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus promulgado por S.S. el Papa Francisco, el 8 de Diciembre de 2015, la mayor parte de los Tribunales en España han suprimido las tasas judiciales. Los costes a tener en cuenta son los honorarios del Procurador y Letrado, adscritos al elenco del Tribunal, que intervendrán en el proceso, que en la mayor parte de los Tribunales también han sido limitados.

Para saber más sobre reciente reforma del proceso, consulte este enlace del Vaticano.

¿Quién más interviene en el proceso?

Además de los esposos, es parte en el proceso el Defensor del Vínculo que está llamado a colaborar en la búsqueda de la verdad objetiva sobre la validez o no del matrimonio. A él corresponde proponer y exponer todas las razones que pueden aducirse contra la declaración de nulidad. Su postura de sostener la validez del vínculo conyugal se lleva a cabo no de un modo absoluto, sino subordinadamente al fin del proceso, que es la investigación y el resultado de la verdad objetiva.

¿Es necesaria contar con la asistencia de un abogado?

La concurrencia del abogado en el procedimiento de nulidad no es preceptiva, así lo recoge el c. 1481 del Código de Derecho canónico. Pero dada la complejidad de la materia, sí que es muy recomendable que la persona interesada cuente con la asistencia de un Letrado experto en derecho canónico.

Medidas paterno-filiales

Resolución de conflictos de parejas de hecho con hijos en común.

Cuando los padres no han contraído matrimonio y se produce una ruptura de su convivencia, será necesario acordar las medidas que garanticen los derechos de los hijos. Para ello se sigue el mismo procedimiento recogido para las parejas casadas, acordándose mediante un convenio regulador o solventándose en presencia judicial.

Decisiones sobre cuestiones concernientes a los menores

Nombramiento de Defensor Judicial. Concesión de la emancipación. Autorización para actos de disposición sobre bienes de los menores. Intervención judicial en decisiones de la patria potestad.

En ocasiones en que pueda existir conflicto de intereses entre los padres y los hijos será necesario el nombramiento de un Defensor Judicial. Se trata de un expediente sencillo y rápido.

En los supuestos recogidos en la ley es posible solicitar al juez que se conceda la emancipación del menor de edad.

Cuando no es posible llegar a un acuerdo sobre decisiones que afectan a la patria potestad, será necesario solicitar el auxilio judicial.

Derecho Internacional

Reconocimiento y ejecución en España de resoluciones de Derecho de Familia dictadas por Tribunales extranjeros. Intervención judicial ante retención ilícita del menor.

Para el efectivo reconocimiento de resoluciones extranjeras en nuestro país, será necesaria la aplicación de los convenios internacionales suscritos entre España y demás países o la solicitud de reconocimiento de la resolución mediante el proceso de exequatur.

La elección del domicilio del menor es un derecho de ambos progenitores conforme al ejercicio de la patria potestad. Cuando el padre o la madre retienen a los hijos en un lugar sin el consentimiento de ambos, es posible solicitar su reintegro a su domicilio habitual mediante el auxilio judicial internacional.

Liquidación del régimen económico matrimonial

Liquidación y reparto de patrimonio común, bienes gananciales.

La ley regula el reparto y liquidación de la sociedad legal de gananciales con normas muy concretas. Es necesario llegar primero a definir el inventario de los bienes comunes, seguirá la decisión  sobre el valor que se le da a cada partida y finalmente se lleva a cabo el efectivo reparto y adjudicación de los bienes.

Cuando uno de los esposos no conoce la situación económica familiar es posible solicitar el auxilio judicial para obtenerla, lo que será necesario realizar antes de plantear una liquidación de los bienes.

Derecho de sucesiones

Asesoramiento legal en redacción de testamentos. Declaración de herederos. Partición de la herencia.

Asesoramiento en la redacción de testamentos y declaraciones de última voluntad. Defensa legal, en los conflictos familiares generados en el reparto de las herencias.

Filiación

Procesos de impugnación o reconocimiento de la paternidad.

Cuando la inscripción que aparece en el Registro Civil no refleja la realidad sobre la paternidad del hijo, es posible solicitar una modificación que traerá consigo el reconocimiento o suspensión de los derechos y obligaciones recogidos en la ley derivados de la filiación.

Complemento de la capacidad de obrar

Declaración de incapacitación judicial. Nombramiento de tutor, curador, prórroga de la patria potestad.

La persona aquejada de una enfermedad o con sus capacidades mermadas se vuelve vulnerable por lo que el procedimiento para complementar su capacidad y el nombramiento de un tutor, se hace necesario. Según las circunstancias será conveniente el nombramiento de una figura u otra que la proteja hasta su total recuperación para que vele por sus intereses evitando que nadie pueda aprovecharse de su limitación.